El incremento salarial es del 7% sobre todos los rubros salariales remunerativos y no remunerativos, percibidos hasta el mes de junio de 2020, de forma escalonada y no acumulativa.
Se incrementarán en un 3% todos los conceptos vigentes a junio 2020 a partir del 1ero de agosto de 2020.
Se incrementarán en un 7% todos los conceptos vigentes a junio 2020 absorbiendo el 3% de la atapa anterior a partir del 1ero de octubre de 2020.
Las empresas conjuntamente con los salarios de agosto y octubre 2020, abonarán una suma no remunerativa extraordinaria y por única vez, equivalente a la retención del art. 123 de CCT 223/75.